martes, 29 de junio de 2010

FETE UGT NO FIRMA EL XIII CONVENIO DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

FETE-UGT no ha suscrito el XIII convenio colectivo de Centros y Servicios de atención a personas con Discapacidad firmado el miércoles 23 de junio por CC.OO y por las patronales AEDIS, FEACEM, CECE, EyG y CONACEE.
FETE-UGT siempre ha negociado con la voluntad de firmar. Precisamente, buscando ese punto de encuentro nos hemos mostrado disponibles a alcanzar acuerdos con otras organizaciones. De hecho, cuando el recorrido del convenio se veía agotado y otras organizaciones seguían mostrando empeños en avanzar en otras propuestas, FETE-UGT adoptó una actitud responsable y exigió con firmeza, actualizar los salarios de los trabajadores.
Junto a la necesaria actualización de salarios de los trabajadores, que en muchos casos venían percibiendo los mismos que en el año 2007, acompañamos 7 iniciativas de evidente necesidad:
1. Cerrar el convenio con un ámbito temporal corto (2008, 2009 y 2010) con el objetivo de negociar pronto el próximo convenio y, sobre todo, pensando en aquellos trabajadores que menos ganan y en los que desempeñan su jornada laboral en centros especialmente afectados por la crisis económica.
2. Conseguir unos incrementos por encima del IPC con especial aumento para los que menos ganan.
3. Aportar al articulado definitivo una cláusula de revisión salarial para 2010 que se ajuste al duro momento actual.
4. Crear una inminente mesa Técnica de trabajo en la que estemos todos los negociadores y que avance el articulado del futuro convenio colectivo que, de manera oficial, se convocaría en unos meses: en 2011.
5. Pactar con los otros sindicatos y patronales las resoluciones de la Comisión Paritaria para integrar en el XIII convenio colectivo sólo las posturas de consenso.Únicamente las de consenso. 6. Abandonar para la negociación del XIII convenio (dado el poco consen¬so conseguido en este convenio) las propuestas de otras organizaciones de modifica¬ción de la Clasificación Profesional y de las Evaluaciones de unos trabajadores a otros. Estas propuestas no llegaron a la mesa con la suficiente madurez como para ser asu¬midas por el conjunto del sector.
7. Y por último tendimos la mano a las organizaciones empresariales del subsector Educativo para que los trabajadores afectados tuviesen sus mejoras especí¬ficas integradas.
Las organizaciones empresariales del sector Educativo se han aprovechado de la crisis y de la necesid ad de actualizar los salarios. Sin embargo la actualización de los salarios ha servido como excusa a las patronales de los Centros Educativos para introducir cambios estructurales en las condiciones de trabajo que afectan a la jornada y vacaciones.
No era eso lo que FETE-UGT ofreció a las patronales de los Centros Educativos.Era consenso lo que perseguíamos en este convenio agotado. Las propuestas de las organizaciones empresariales estaban destinadas a coger lo peor del convenio de la Enseñanza Concertada y pasarlo a este convenio. Lamentablemente no han hecho lo mismo con los aspectos positivos. FETE-UGT no lo puede aceptar. FETE-UGT seguirá trabajando en la mesa Técnica aportando lo mejor. Seguirá nego¬ciando por y para los trabajadores y, sobre todo, seguirá siendo insistente en no ceder a cualquier precio.
No firmamos el XII convenio por lo que suponía de mal convenio y no hemos firmado el XIII porque se veían más cesiones que beneficios. Hemos afirmado en numerosas ocasiones (entre ellas en la última reunión negociadora del convenio colectivo) la necesidad de cambiar muchos elementos negativos de este articulado. Hay que modificar la clasificación profesional, hay que regular los tiempos de trabajo, hay que establecer un equilibrio entre los salarios y la dureza del trabajo emprendido, hay que ajustar la dedicación y los tiempos vacacionales y de formación, hay que asegurar el empleo, hay que evitar la precariedad laboral, hay que permitir a los discapacitados afectados por el convenio una mayor integración social que ha de venir de la mano de mejores salarios y más oportunidades, hay que facilitar la concertación con las Comunidades Autónomas para incrementar, de manera específica, los salarios de los trabajadores de cada territorio.
FETE-UGT se compromete, como siempre lo ha hecho, y tiende la mano a los demás negociadores a trabajar desde ahora en la negociación ágil y rápida del XIV convenio, para que la vida en los centros de trabajo sí que cambie y no sólo cambie como acaba de suceder, el nombre del convenio. DIFERENCIAS ENTRE EL XII Y EL XIII CONVENIO.

Artículo 47.- Inaplicación de los Incrementos Salariales
1.- Con objeto de conseguir la necesaria estabilidad económica, los nuevos complementos e incrementos salariales pactados en el presente Convenio, inclui¬da la revisión salarial que pudiera proceder en base a lo establecido en el art. 36, no será de aplicación para aquellas empresas que acrediten objetiva y feha¬cientemente, situaciones de déficit o pérdidas mantenidas en los ejercicios económicos anteriores.
Artículo 46. Inaplicación de los Incrementos Salariales
1.- Con objeto de conseguir la necesaria estabilidad económica, los nuevos com¬plementos e incrementos salariales pacta¬dos en el presente Convenio, incluida la revisión salarial que pudiera proceder en base a lo establecido en el art. 35, no será de aplicación para aquellas empresas que acrediten objetiva y fehacientemente situaciones de déficit o pérdidas, o que pudieran ver afectada su viabilidad por la aplicación de los incrementos salariales pactados en el presente Convenio.

Artículo 108. Jornada de Trabajo del personal docente. 3. Se entiende por actividad lectiva aquella en la que se interviene directamente con los alumnos, incluyendo la vigilancia del recreo. En los ciclo de enseñanza postobligatoria como en los programas de transición a la vida adulta y garantia social. La actividad incluye la formación en centros de trabajo consistentes en la realización de prácticas y tutorías de los alumnos. Artículo106. Jornada del Trabajo del personal docente. 3. Se entiende por actividad lectiva aquella en la que se interviene directamente con los alumnos. En los ciclos ciclos de enseñanza postobligatorios como en los programas de transición a la vida adulta y garantia social. La actividad incluye la formación en los centros de trabajos consistentes en la realización de prácticas y tutorías de los alumnos. Debido a las especiales características del sector de la educación especial, durante los recreos el profesorado estará a disposición del empresario para efectuar la debida atención a los alumnos y alunmas durante el mismo. Por este motivo, el tiempo del recreo para el personal docente,que lo esté atendiendo, será considerado como actividad lectiva.

Artículo 112. Vacaciones
Además de lo previsto en el artículo 52 de este Convenio Colectivo con carácter general:
1. El personal docente iniciará las vacaciones una semana después de la fecha indicada al Calendario Escolar, publicado por la Consejería de Educación o en su caso por la Administración Educativa del Estado, como final de las actividades lectivas para el alumnado, y se incorporará una semana antes de la vuelta de los alumnos, según la fecha establecida por el mismo Calendario Escolar. 2. El personal titulado complementario no docente y el personal auxiliar iniciará sus vacaciones el 16 de julio y las finalizará el 31 de agosto. 3.El personal de administración y servicios de los centros educativos disfrutará, distribuido en cuatro periodos, dos de los cuales incluirán, preferentemente, fechas de Semana santa y Navidad, hasta un total de dieciocho días naturalesmás de vacaciones al año. Los restantes se disfrutarán aprovechando los periodos de inactividad o menor actividad en los servicios.
Artículo 110. Vacaciones
1.- El personal docente tendrá derecho a disfrutar un mes de vacaciones anuales retribuidas. En ningún caso, estas vaca¬ciones podrán ser compensadas económi¬camente. Todo el personal docente afecta¬do por este Título tendrá derecho a 1 mes adicional sin actividad, retribuido, disfru¬tado de forma consecutiva y conjunta al mes de vacaciones, y ambos entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
2.- El personal titulado complementario no docente y el personal auxiliar disfrutará durante el mes de julio de un período sin actividad de 15 días naturales consecuti¬vos retribuidos. Dicho disfrute se hará de forma adicional al mes de vacaciones y ambos entre el 16 de julio y el 31 de agosto.
No obstante, los titulares de los centros que presten servicios complementarios al alumnado durante el mes de julio, al efec¬to de que los servicios queden debida¬mente cubiertos durante dicho mes, podrán establecer un régimen de turnos para el disfrute de estos 15 días adiciona¬les, siempre que se disfruten todos dentro del mes de julio y de forma consecutiva.
3.- El personal complementario no docente, auxiliar, y de administración y servicios de los centros educativos disfru¬tará, distribuidos en cuatro periodos, dos de los cuales incluirán, preferentemente, fechas de Semana Santa y Navidad, hasta un total de dieciocho días naturales más de vacaciones al año. Los restantes se disfrutarán aprovechando los periodos de inactividad o menor actividad de los servicios.


D.A. TERCERA Habiendo quedado sin vigencia el IV Convenio Colectivo Provincial de Madrid y habiendo sido sus¬tituido en su integridad por este Convenio Colectivo de Ámbito Estatal, las partes acuerdan:
1.- Reconocimiento, con carácter consoli¬dado de las condiciones más beneficiosas que venían disfrutando a 31-12-1997 los trabajadores acogidos al Convenio Colectivo Provincial de Madrid, que las tuvieran consolidadas en ese momento y vinieran percibiéndolas.
2.- Las diferencias salariales que, global-mente y en cómputo anual, existan entre el Convenio Nacional y el derogado, se recogerán en un Complemento Personal con carácter consolidado que se fraccio¬nará y abonará en las mismas mensuali¬dades en que se divida el pago del salario base del Convenio Nacional; este comple¬mento será devengado exclusivamente por el personal al que se refiere el apar¬tado 1 anterior.
D.A. TERCERA.
1.- Habiendo perdido su vigencia el IV Convenio Colectivo Provincial de Madrid, y habiendo sido sustituido en su integridad por el XIII Convenio Colectivo General, se reconoce, con carácter consolidado y como complemento personal las condiciones más beneficiosas que venían disfru¬tando a 31 de diciembre de 1997 los trabajadores acogidos al citado Convenio Colectivo de Madrid que las tuvieran consolidadas en ese momento y las vinieran percibiendo. No será de aplicación a estos trabajadores y trabajadoras los permisos retribuidos establecidos en los arts. 93 y 103 del XIII Convenio, y los que los regulen en los siguientes.

jueves, 24 de junio de 2010

FETE-INFORMA 23/06/2010

XIII CONVENIO DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Firmado el convenio. UGT no lo firma.
FETE-UGT no ha suscrito el XIII convenio colectivo de Centros y Servicios de atención a personas con Discapacidad firmado hoy por CC.OO y por las patronales AEDIS, FEACEM, CECE, EyG y CONACEE.
FETE-UGT siempre ha negociado con la voluntad de firmar. Precisamente, buscando ese punto de encuentro nos hemos mostrado disponibles a encontrar acuerdos con otras organizaciones.
De hecho, cuando el recorrido del convenio se veía agotado y otras organizaciones seguían mostrando empeños en avanzar en otras propuestas, FETE-UGT adoptó una actitud responsable y exigió con firmeza, actualizar los salarios de los trabajadores. Fuimos nosotros quienes quisimos actualizar salario
Sin embargo la actualización de los salarios ha servido como excusa a las patronales de los Centros Educativos para introducir cambios estructurales en las condiciones de trabajo que afectan a la jornada y vacaciones. FETE-UGT no lo puede aceptar.
Actualmente tenemos el 48 % de la representatividad del sector. Con FETE-UGT como sindicato mayoritario se habrían conseguido no sólo unas tablas salariales sino también mejoras en las condiciones laborales.
Lucharemos por ser el sindicato mayoritario en la negociación del próximo convenio.

FETE-INFORMA 18/06/2001

XIII CONVENIO DE CENTROS Y SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
El pasado día 15 de junio se celebró una decisiva reunión del convenio colectivo de atención a la discapacidad. UGT se ha mostrado coherente con su postura de actualizar los salarios de los trabajadores del sector y cerrar esta etapa tan lamentable de la historia de la negociación colectiva. Las organizaciones patronales de la discapacidad aceptan firmar unas tablas salariales con los incrementos siguientes:
2008: 2% sobre salarios 2007 (IPC 1,4%)

2009: 1% sobre salarios 2008 en general (IPC 0,8%).
1,2% sobre salarios2008 para categorías con sueldo igual o inferior al del cuidador.

2010: IPC resultante sobre salarios 2009 en general.
En todo caso se garantiza un 1% si el IPC es inferior.
IPC resultante+0,3% para categorías con sueldo igual o inferior al del cuidador.
En todo caso se garantiza un 1,3% si el IPC es inferior al 1%.

UGT se ha mostrado coherente con su postura de buscar mejoras específicas para los trabajadores de los Centros Educativos de Educación Especial. Las propuestas de las patronales EyG y CECE contra las que nos hemos manifestado rotundamente en contra son:
*El recreo será lectivo únicamente para el personal docente que esté atendiendo al alumnado durante el mismo.
*Flexibilizar las vacaciones del personal complementario no docente y auxiliar ya que permite al titular del centro establecer un régimen de turnos para todo el mes de julio, respetando los 15 días consecutivos sin actividad.

En el texto final UGT ha logrado:
o Ampliar estos incrementos a la antigüedad y al complemento de calidad de los Centros Especiales de Empleo en la última reunión.
o El diferencial del 0,2% y 0,3% para los que menos ganan de 2009 y 2010 en anteriores reuniones.
o Cláusula de revisión salarial para el 2010 que garantice el poder adquisitivo de los trabajadores
.
Gracias a la presión de UGT, se han eliminado las propuestas radicales de la congelación de la antigüedad y las funciones del desempeño del puesto de trabajo. Tras un fuerte debate generado por UGT también se ha conseguido que no se modifique la Cláusula de Descuelgue dejándola de forma menos abierta y ambigua.

Acta de la reunión del día 18 de junio de 2010.

Asistentes:
ADEPSI: Rita.
San Juan de Dios: Francisco Javier, Feliz, Milagrosa y Manola.
Sagrada Familia: Araceli.
CAMP El Tablero: Matilde y Yolanda
CAMP de Telde: Ofelia, Ricardo D, Beatriz y Mª Pilar.
CAMP Obispo Padre Cueto: Tania.
CAMP El Lasso: Luz Marina y Ruymán.
Enrique Caraballo
ASUNTOS TRATADOS:
1. XIII Convenio Colectivo de Discapacidad.
El pasado 15 de junio se celebró la última reunión de la negociación. La patronal aporta una propuesta para los centros educativos donde regula la jornada laboral estando la UGT en contra de la misma. Por otro lado la subida salarial sólo va a afectar al concepto de salario base. Las propuestas anteriores se mantienen y se espera que el 22 de junio se firme definitivamente el convenio.
2. Complemento Autonómico.
Se mantiene el contacto telefónico con el técnico designado por la vice-consejera que ha solicitado más tiempo para dar una respuesta.
3. Elección de presidente de la Plataforma.
Se propone que el presidente sea miembro de UGT ya que el inicio de la Plataforma se debe a ese sindicato. Se valoran varios candidatos siendo elegida por mayoría nuestra compañera Manola de San Juan de Dios que consideramos todos como la persona idónea por su dilatada trayectoria en defensa de los trabajadores de la discapacidad.
4. Ruegos y pregunta.
Se informa de la desestimación de 3 denuncias sobre la gratificación por vinculación estando pendiente del resultado de otras en el juzgado nº 9. En este sentido el convenio no es claro de a quién corresponde abonar dicha gratificación.
SE HACE MENCIÓN ESPECIAL DE AGRADECIMIENTO A LOS COMPAÑEROS DE SAGRADA FAMILIA POR LA VISITA A SU CENTRO QUE HA SIDO MUY ILUSTRATIVA PARA TODOS Y POR LA AMABLE ACOGIDA QUE NOS HAN HECHO.
5. Próxima reunión.
Será el próximo mes de septiembre. Se informará de la fecha y lugar. Felices vacaciones a todos los trabajadores.

domingo, 13 de junio de 2010

Almuerzo antes de irnos de vacaciones


Tras la próxima reunión del día 18 de Junio en Gran Canaria, los que quieran iremos a "tapear" a Ca'Juansito (Atalaya de Santa Brígida). Será divertido y ameno antes de irnos de vacaciones (bien merecidas por supuesto).


¡¡¡¡¡NO FALTEIS!!!!!!!!!!!!

martes, 1 de junio de 2010

INFORMACION REFERENTE A LA ULTIMA REUNION PARA LA FIRMA DEL CONVENIO

XIII CONVENIO DE ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

“UGT vuelve a proponer actualizar los salarios de los trabajadores que atienden la discapacidad y acabar con una negociación agotada”.
Así se han manifestado los negociadores de la Unión General de Trabajadores en la 10ª reunión del convenio colectivo. La propuesta de UGT presentada en mesa de forma responsable, y teniendo en cuenta que buscamos el consenso y la unidad de todos, ha sido la siguiente:
Cerrar el convenio lo antes posible.
Proponemos para ello unos incrementos salariales del 2,5% para el 2008, 1,5% para 2009 y el IPC real para 2010, limitándolo por abajo en el 1% en el supuesto de que aquel fuese menor del 1%.
Modificación del texto de convenio de acuerdo a las modificaciones legales surgidas en estos años.
Incluir las resoluciones de la comisión paritaria en las que UGT esté de acuerdo (UGT no ha estado en la paritaria y por tanto no aceptaría las resoluciones en las que no ha podido ni siquiera opinar).

UGT vuelve a instar a quienes frenan la actualización del poder adquisitivo de los trabajadores (con propuestas que no son urgentes como la clasificación profesional) a que se produzca una firma de consenso, con subidas salariales dignas y que permita estabilizar el sector.
Tras casi 3 años de negociación tenemos la seguridad de que, si UGT hubiese contado con la mayoría de los representantes de los trabajadores (actualmente tenemos el 48%), el proceso negociador se habría desarrollado de otra forma. No es momento de grandes plataformas reivindicativas. Es el momento de la responsabilidad.

ACTA REUNION DEL DIA 28 DE MAYO DE 2010.



Asistentes:
ADEPSI: Eduardo.
San Juan de Dios: Francisco J., Feliz, Juan Antonio, Milagrosa y Manola.
Sagrada Familia: Araceli.
CAMP El Tablero: Timidaura, Olga y Yolanda
CAMP de Telde: Ofelia, David y Mª Pilar.CAMP Obispo Padre Cueto: Tania, Guille y Petri
Enrique Caraballo
ASUNTOS TRATADOS:
1. XIII Convenio Colectivo de Discapacidad.

Se ha celebrado la décima reunión de la mesa negociadora el 27 de mayo quedando claro por todas las parte la necesidad de firmar el convenio lo antes posible. El próximo convenio incluirá adaptaciones a la legislación vigente, incorporaciones referentes a las actas de la Comisión Paritaria del anterior convenio y las tablas salariales actualizadas. La reunión para la firma está convocada el 15 de junio de 2010. El tema de la clasificación profesional se pospone para el siguiente convenio colectivo.

2. Complemento Autonómico.

Hasta la fecha no hay propuesta técnica por parte de la persona designada por la vice-consejera. Desde la plataforma somos conscientes de que esto es un trabajo a largo plazo.

3. Ruegos y preguntas.

Se hace referencia a la situación que tiene que ver con el nuevo decreto de reajuste económico sin saber cómo va a afectar a los centros educativos y al pago delegado.
Se informa de la sentencia desfavorable de una compañera del Lasso en su reclamación del complemento por gratificación por vinculación.
Enrique Caraballo refiere una sentencia que contempla la situación de parto natural y sin complicaciones como válida para disfrutar de permiso retribuido por hospitalización de pariente hasta segundo grado.
La próxima reunión será el viernes 18 de Junio en el Centro de educación especial “la Casita”, calle Goya nº 6 (Tafira) a las 10:00.