miércoles, 30 de diciembre de 2009

POR UN CONVENIO COLECTIVO DIGNO EN LA ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD

Inmersos como estamos en una profundad crisis económica, nadie se acuerda de que los trabajadores que atendemos a la discapacidad tenemos desde hace 2 años bloqueado el convenio colectivo. Rumores de congelación de la antigüedad y una clasificación profesional que no se apoyaba en los criterios objetivos del INCUAL han sido elementos de confrontación. Por ello reclamamos un convenio generoso con los trabajadores del sector, como los trabajadores del sector lo son con los usuarios de los centros.
Desde FETE-UGT solicitamos tu firma “POR UN CONVENIO DIGNO EN LA ATENCIÓN A LA DISCAPACIDAD”.
Estas firmas serán trasladadas a la mesa negociadora del convenio colectivo para fortalecer las reivindicaciones sindicales, para poder firmar ponte en contacto con tus delegados de comité, o acude a las oficinas de FETE-UGT.

¡NO DEJES DE FIRMAR!

miércoles, 23 de diciembre de 2009

Noticia importante para leer!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!1

Ir al BOE 22 de DICIEMBRE 2009, en MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION:

Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

martes, 22 de diciembre de 2009


DESDE LA P.T.C.D.
DESEARTE LOS MEJORES DESEOS
Y QUE EN ESTE NUEVO AÑO
SE HAGAN REALIDAD NUESTROS SUEÑOS.
FELICIDADES

La patronal propone congelar la antigüedad y el otro sindicato lo avala.

La patronal propone congelar la antigüedad y el otro sindicato lo avala.

En la reunión del convenio colectivo del 17 de diciembre de 2009 la Patronal y CCOO han propuesto vincular la promoción profesional dentro de los centros de trabajo a un sistema de evaluación interna del desempeño de los puestos de trabajo de cada centro de trabajo.


Dicha propuesta conlleva sustituir los trienios (congelándolos) por un complemento para quienes superen una evaluación sobre parámetros establecidos por los propios empresarios.


UGT manifiesta de manera rotunda que no avala tan inaceptable propuesta y recuerda que la unidad sindical se ha de sustentar en unos principios de contundencia sindical frente a los despropósitos patronales y nunca desde la comprensión y el apoyo.


El pasado día 17 fue un indudable paso atrás en las legítimas aspiraciones de alcanzar un convenio digno de los trabajadores de la Atención a la Discapacidad. UGT será firme y contundente con quienes ataquen las posiciones de la clase trabajadora en uno de los convenios más sacrificados que existen.


FETE-UGT siempre ha manifestado su voluntad de consensuar una plataforma sindical conjunta y siempre ha apostado por la unidad de acción como la mejor herramienta para avanzar en los contenidos de un nuevo convenio. Pero no vamos a firmar un convenio a cualquier precio.


¡¡ Tus reivindicaciones,nuestro compromiso!!




lunes, 14 de diciembre de 2009

Personal de Administración y Servicios de concertada (PAS)

UGT exigirá el pago delegado
FETE-UGT, fiel a su trayectoria de apoyo al Personal de Administración y Servicios de los colegios concertados apostará de manera decidida para que, de una vez por todas, el PAS tenga el merecido Pago Delegado.
Esta medida será incluida en un paquete de propuestas dirigidas a dignificar el trabajo y el salario del PAS de los centros concertados.
Dichas medidas se resumen en los siguientes puntos:
o Pago delegado para todos los trabajadores de los colegios concertados.
o Homologación con el PAS de la enseñanza pública.
o Incremento de profesionales con los que repartir la carga de trabajo.
El Pago Delegado permite recibir el salario directamente de la Comunidad Autónoma siempre en la misma fecha, sin el control del empresario y servirá de freno a la subcontratación a empresas que pagan menos y no garantizan unas condiciones laborales mínimas.
Los colegios no funcionan si no es porque hay personal en Secretaría, encargados de la limpieza, en el mantenimiento de los centros, en el cuidado de los patios, en los comedores, en Administración, en Portería y desempeñando otras muchas funciones. En muchas ocasiones algún trabajador realiza el trabajo de muchos.
Todos somos importantes en los colegios concertados.

miércoles, 9 de diciembre de 2009

LEER CON ATENCIÓN!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA
UNION EUROPEA SOBRE LAS VACACIONES
MUY IMPORTANTE PARA TODOS LOS TRABAJADORES
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Sentencia dictada el 20-1-2009, ha establecido
lo siguiente:
1. El Derecho Comunitario garantiza el derecho de los trabajadores a las “vacaciones anuales retribuidas” (con independencia de su estado de salud) y el derecho a la “licencia por enfermedad” (cuando esté incapacitado para el trabajo), a través de la Directiva 2003/08 no permitiendo ningún tipo de excepciones.
2. Según el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88, los trabajadores dispondrán de un periodo de, al menos, 4 semanas de vacaciones anuales retribuidas. Por tanto, este derecho a vacaciones anuales retribuidas que,según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, debe considerarse un principio de Derecho social comunitario que reviste especial
importancia- se reconoce a todo trabajador, con independencia de su estado de salud.
3. Un permiso garantizado por el Derecho Comunitario no puede menoscabar el derecho a disfrutar de otro permiso, garantizado por ese mismo Derecho.
4. Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus Vacaciones Anuales Retribuidas en un periodo distinto al año natural en curso, si no ha podido disfrutar de sus vacaciones por motivos ajenos a su voluntad.

Importantísimo LOGRO!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!


CAMBIO DE CRITERIO DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE EL DERECHO AL DISFRUTE DE VACACIONES PREVIAMENTE FIJADAS COINCIDENTES CON INCAPACIDAD TEMPORAL

El Tribunal Supremo en Sentencia de 24 de junio de 2009, reconoce el derecho de un trabajador a disfrutar de las vacaciones si no pudo hacerlo por haber iniciado una situación de Incapacidad Temporal.
Para este cambio de criterio, el Tribunal Supremo hace un análisis exhaustivo del derecho a las vacaciones, la reiterada jurisprudencia y su evolución, sosteniendo que su pleno disfrute únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo y que por tanto, un trabajador en situación de Incapacidad Temporal no puede disfrutar adecuadamente de las finalidades de descanso atribuidas a las vacaciones. Estima el Tribunal Supremo que la existencia de un pacto colectivo o individual que hubiera fijado ya el calendario de disfrute de vacaciones no puede impedir el disfrute de las mismas, por lo que es perfectamente legítimo pretender librarse del sometimiento a la fecha de las vacaciones pactadas y poder solicitar un nuevo periodo de descanso.
Mantiene el Tribunal Supremo que la obligación de medios que a la empresa corresponde no se limita a fijar o pactar la fecha en la que el trabajador haya de gozar de su descanso de vacaciones anuales, sino que igualmente ha de extenderse a revisar la misma si se diera un hecho posterior que impidiera el total o parcial disfrute de un derecho constitucionalmente garantizado como son las vacaciones, señalándose un nuevo periodo de descanso.
Procede que todos los casos que no estén prescritos sobre denegación del disfrute de vacaciones se puedan activar para reclamar el derecho de los trabajadores y trabajadoras al disfrute total de sus vacaciones, incluso habiendo vencido el año natural del disfrute de las mismas.

Próxima Reunión de la PTCD en Tenerife

El próximo 15 de Diciembre a las 17h. en la sede de FETE-UGT Canarias, calle Méndez Núñez, 84-3º.


Orden del día

1. Situación actual del convenio.
2. Reunión mantenida con Viceconsejera.
3. Ruegos y preguntas.


Esperando la asistencia de todos.